sábado, 18 de mayo de 2013

Instrucciones del año XIII



Semilla constitucional de la República Oriental del Uruguay




Roberto Sari Torres





Traicionada la Revolución Oriental  por Buenos Aires, Artigas, el ejército y pueblo, acampan sobre el Arroyo Ayuí, a donde Sarratea llega para intentar asesinar al Jefe de los Orientales. Poco después, 1812, vuelve y acampa a orillas del arroyo Ti con un ejército de 3.000 hombres, en tanto el gobierno porteño (Segundo triunvirato) decide un   segundo sitio al Montevideo español, con Sarratea designado Comandante en jefe.
Artigas exige la inmediata renuncia de tal vendepatria, quien, como  venganza lo declara traidor. El sostén de este vendido  recibe la dura respuesta del Oriental:  “El pueblo de Buenos Aires  es y será nuestro amigo, pero jamás su gobierno actual”. El jefe ordena la captura de un convoy militar porteño conducido por French. En la madrugada del 31 de diciembre de 1812 las fuerzas españolas comandadas por Vigodet sorprenden al ejército citiador, aunque la pericia del comandante de Rondeau logra una victoria. Todo esto al final le costó la destitución a Sarratea.
Es el verano de 1813, once de la mañana del 26 de febrero, el Jefe de los Orientales, el ejército popular y 99 caciques, se incorporan al segundo sitio de la ciudad  virreinal. Son recibidos con todos los honores por el General Rondeau y el ejército porteño, mientras se escuchan voces de parada, música de las charangas, y el retumbo de 21 cañonazos de honor y poco más allá el grito enardecido de la multitud que de  10 leguas a la redonda ha concurrido para presenciar  el histórico reencuentro de los  generales vencedores en Las Piedras y en El Cerrito.
El 31 de enero el gobierno pro monárquico de Buenos Aires convoca a una Asamblea General Constituyente  que lo avalara. Para tratar sobre el asunto Artigas convoca a  la Asamblea de esta Banda Oriental en la casa de Sainz de Cavia, en Tres Cruces (donde hoy está el Hospital Británico).
El 5 de abril se reúnen los representantes, los que tras oir en la “Oración inaugural” su paradigmática frase: “Mi autoridad  emana de vosotros y ella cesa ante vuestra presencia soberana”, designan a los representantes orientales ante la Asamblea porteña, portadores de los 20 articulos de las Instrucciones.
En las entrelíneas de los 20 artículos está el pensamiento de Artigas sobre el porvenir del futuro país soberano al Este del río Uruguay, tal como lo proclamará después (1817) en una patente de corso firmada en Purificación, capital de la República Oriental.
Los diputados de la Banda: Mateo Vidal, Salcedo, Felipe Cardozo y Bruno Rivarola (éste por Villa Soriano), llevan las Instrucciones de la Asamblea de Tres Cruces.
Artículos 1, 2, 3, 4:  Independencia total de España y del Rey; pacto y confederación de las Provincias que conformarán luego un Estado Federal; libertad civil y religiosa; el objeto y fin  del gobierno es proteger la libertad, igualdad y seguridad de los ciudadanos y los pueblos de cada Provincia.
Artículos 5, 6, 7: Gobierno republicano con tres poderes independientes en sus facultades: Ejecutivo, Legislatico y Judicial; el gobierno  federal supremo solo entenderá en los negocios generales del Estado.
Artículos 8, 9, 10, 11:  Delimita el territorio de la Provincia oriental, el actual Uruguay más siete pueblos de las Misiones y gran parte del actual estado de Río Grande del Sur; liga de amistad y defensa interprovincial de su derechos, libertad y soberanía; que todo derecho, poder y jurisdicción no delegado de un congreso federal, ellos serán ejercidos soberanamente  por la Provincia Oriental.
Artículos 12,13, 14, 15: Puertos libres para importar y exportar son los de Maldonado y Colonia; el comercio interprovincial por tierra o fluvial no pagará tasa alguna; solo el gobierno de la Provincia Oriental regulará  sobre bienes de extranjeros muertos, multas, confiscaciones y terrenos ex realengo.
Artículos 16, 17, 18, 19, 20: La Provincia Oriental escribirá su propia Constitución y se reserva el derecho de aprobar, o no, la de las Provincias Unidas; la Provincia Oriental tendrá su propia  Fuerza Armadas, la regulará, declarando que “el despotismo militar será precisamente aniquilado”; la capital de las Provincias unidas debe estar fuera de Buenos Aires; la  forma de gobierno será la República y su gobierno será  libre, piadoso (sensible) con justicia, moderación e industria. Democracia, igualdad, laicidad, justicia, ley, libertad, progreso ya eran sembrados en 1813.
Los monárquicos y aristocráticos porteños solo querían ser ellos los dirigentes: ricos e ilustres a los que debían obedecer las masas populares (los que veraderamente lucharon por la libertad de estos inmensos territorios).
Sin más los porteños rechazaron los poderes de los diputados orientales, incluso metieron preso a Felipe Cardozo, por subversivo, que  se había  dedicado a repartir copias de las instrucciones entre los entusiastas delegados provinciales del interior argentino y del  Charcas (hoy Bolivia).
En adelante la relación entre orientales  y porteños será tan difícil que a Artigas lo declararán traidor por segunda vez, y por su captura o muerte pagan hasta $ 600.
El 28 de enero de 1814 el Jefe de los Orientales deja atrás a los porteños del Cerrito, seguido por el fiel ejército popular oriental y  país adentro, en el centro de sus recursos, se apresta al inicio del año XIV a combatir a tales malos americanos porteños. Pero el país del porvenir ya ha nacido en ese año XIII;  teórica, institucionalmente; y precisamente en el espíritu de los 20 artículos de las Instrucciones, cuyo bicentenario celebramos.






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