Los tesoros hundidos del Río de la Plata
Ángel Juárez Masares
Existe una larga tradición, sustentada muchas veces por documentación de la época y que consta en archivos, parte recogida en libros y artículos de prensa, y una gran cantidad de ellos por la leyenda oral de las diferentes zonas, que afirman la existencia de numerosos embarcaciones hundidas bajo las turbias y poco profundas aguas de nuestras costas.
El número de barcos hundidos se estima en unos 1.200, 300 de los cuales serían anteriores al 1800. Esa cantidad de siniestros marítimos le ganó al Río de la Plata los nombres de: “el infierno de los marinos”, y de “inmenso cementerio naval”.
El Plata ha sido un serio problema para los navegantes en virtud de su extensión y la poca profundidad, la turbiedad de sus aguas, la profusión de bancos de arena y restingas de rocas, la inestabilidad y violencia de sus vientos, y las rápidas variaciones de sus mareas. A ello se unió -en los primeros tiempos del período hispánico- la falta de conocimientos que de él se tenían.
Montevideo se transformó en base naval española de suma importancia en la defensa estratégica del Atlántico Sur, a fin de contener las ambiciones inglesas sobre las costas patagónicas y fueguinas, y en especial sobre las Islas Malvinas, llave de la navegación entre los dos océanos.
Ambos factores, el comercial y el estratégico, condujeron a la Corona a fundar en 1776 el Virreinato del Río de la Plata y el Apostadero Naval de Montevideo, con jurisdicción en todo el Atlántico Sur hasta los mares antárticos.
Todos estos procesos, mas el intenso contrabando practicado, el reconocimiento de aguas y costas por naves de diferentes potencias, las incursiones de piratas y corsarios, los combates contra portugueses, ingleses, y franceses, mas las batallas por la independencia, fueron las razones para que en estas aguas se produjeran naufragios, cuyos restos aún se encuentran en su lecho.
Internarse en la legislación que regula la extracción de embarcaciones hundidas o cargamentos, sin duda amerita otro capítulo de esta historia que no abordaremos hoy –precisamente por su extensión- pero cabe señalar someramente, que “la dirección y contralor de toda tarea de salvamento de cualquier nave siniestrada” le fue conferida desde siempre a la Armada Nacional a través de la Prefectura Nacional Naval –Autoridad Marítima Nacional. Tal cual lo determina el Código de Comercio -que data de mediados del siglo IVX- al disponer que se debe informar a dicha Autoridad del acaecimiento de cualquier siniestro marítimo, así como de la previa autorización de tareas de salvamento.
Recordemos que a mediados de la década de 1980 se incrementaron notoriamente las solicitudes de búsqueda de naves históricas hundidas, lo que obligó a que en 1986 se dictara –a instancias de la Prefectura Nacional Naval- el Decreto No 692/86 que reglamentó el artículo 15 de la Ley 14343, dedicando en forma exclusiva un tratamiento particular y regulando las condiciones de búsqueda y eventualmente rescate de todas las embarcaciones que podrían considerarse “históricas”.
Finalmente y como apunte anecdótico, señalamos que en una estancia turística del departamento de Rocha, tienen –en funcionamiento- una cocina de hierro fundido fabricada en Alemania, la cual fue “rescatada” durante una “bajante” (naturalmente por piezas y luego armada) por los propios lugareños de los restos de una barco siniestrado cerca de la costa.
La misma posee una baranda que impedía la caída de las ollas o enseres durante los “bandazos” producidos por la “mar gruesa”.
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